Fue publicado con fecha 15 de agosto en el Periódico Oficial del Estado (POE) el decreto que despenaliza el aborto antes de las 12 semanas de gestación en Puebla.
El decreto contempla reforma a los artículos 339, 340, 341, 342, y 343 del Código Penal del estado de Puebla, con lo que se avala el aborto como la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación.
El Artículo 340 impone de seis meses a un año de prisión a la persona gestante que voluntariamente procure su aborto después de doce semanas en Puebla. En tanto, hacia aquella persona que hiciere abortar a una mujer por cualquier medio sin su consentimiento, tendrá cuatro a ocho años de prisión. En caso de que usara violencia física o moral, se impondrá de ocho a diez años de prisión.