Bajo el argumento de que el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) es un derecho y no un impuesto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el cobro para 144 municipios de Puebla por lo que la fórmula establecida por el Congreso del Estado es constitucional.
Durante la sesión, el Pleno de la SCJN declaró la validez del Derecho de Alumbrado Público (DAP) para el Ejercicio Fiscal 2022, luego de que el Poder Legislativo avaló el cobro para 144 Ayuntamientos del estado.
El proyecto presentado bajo la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf señala que la fórmula de cobro contiene los parámetros que fueron fijados por la misma Corte para considerar que el DAP es un derecho y no un impuesto.
Entre los elementos se encuentra el objeto del cobro, la prestación de servicio, los sujetos, propietarios o poseedores de predios, la base de contribuyentes, el costo anual actualizado del servicio respecto al año anterior, la cuota mensual a pagar y la época de pago.
Al considerar que el Congreso local realizó la formulación correcta del cobro, el máximo tribunal del país desestimó la acción de inconstitucionalidad que fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para echar abajo el DAP.
El proyecto que reconoció la validez del DAP para Puebla fue aprobada con ocho votos a favor y tres en contra.
Con dicha resolución, el Poder Legislativo poblano contará con elementos jurídicos suficientes para autorizar el Derecho de Alumbrado Público a los municipios que así lo soliciten para el Ejercicio Fiscal 2023.