La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró a Claudia Rivera Vivanco por violencia política de género en contra de la ex consejera jurídica Yasmín Flores Hernández al revocar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).
En sesión pública el Pleno resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía con la clave SCM-JDC-39/2023, que promovió la ex presidenta municipal de Puebla.
Rivera Vivanco fue sancionada por el TEEP el 27 de enero, al considerar que ejerció violencia económica, psicológica y simbólica en contra de la extrabajadora del Ayuntamiento de Puebla.
En ese sentido ordenó inscribirla en los registros de personas sancionadas del Instituto Electoral del Estado (IEE) y el Instituto Nacional Electoral (INE), así como ofrecer una disculpa pública.
Inconforme, la ex presidenta municipal de la capital impugnó ante la Sala Regional, quien le dio la razón al determinar que no existió violencia económica, ya que el pago diferenciado que recibió Yasmín Flores mientras fue titular de la Consejería Jurídica del Ayuntamiento, estaba justificado e incluso al cambiar su adscripción a otra área, obtuvo una remuneración mayor.
La Sala Regional declaró parcialmente fundados los agravios sobre la inexistencia de violencia psicológica y simbólica, pues aunque Claudia Rivera no tuvo razón al asegurar que el TEEP vulneró el principio de presunción de inocencia en su contra, sí tuvo razón cuando señaló que la valoración que hizo fue incorrecta.
Tampoco se acreditó que Claudia Rivera hubiera humillado y denostado a Yasmín Flores, por lo anterior, la Sala Regional determinó que no existió violencia psicológica y simbólica por parte de la morenista.
Con esta sentencia, Claudia Rivera mantiene a salvo sus derechos y podrá participar en las elecciones de 2024.