El Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la CDMX concedió la suspensión provisional del programa piloto del nuevo Plan de Estudios de Educación Básica -propuesto por la Secretaría de Educación Pública (SEP)– bajo el argumento de que es inconstitucional.
Así, dio la razón al movimiento Educación con Rumbo, que solicitó un amparo para garantizar el derecho humano de los niños a la educación y a la igualdad.
Se argumentó que el Estado debe impartir educación en condiciones de igualdad, por lo cual refirió que el Programa Piloto es inconstitucional, al establecer dos modelos, el de los 960 planteles, que no cumple con un estándar de calidad, y el del resto de las escuelas.
El abogado constitucionalista Miguel Ángel Ortiz, representante de Educación con Rumbo, sustentó que el artículo 28 de la Convención sobre Derechos del Niño establece que la educación que imparta el Estado debe realizarse en condiciones de igualdad.
Afirmó que no existe justificación legal para que la SEP únicamente implemente el Programa en escuelas públicas, por lo que el modelo que se aplicará a los niños de las 960 escuelas públicas es discriminatorio y se trata de un modelo “prueba-error”.
De igual forma, calificó de experimental e inconstitucional al programa, que además no garantiza la educación científica ni de calidad en condiciones de igualdad, como lo establece la Constitución.
Por su parte, Paulina Amozurrutia, Coordinadora Nacional de Educación con Rumbo, consideró como una decisión valiente y sin precedentes del Poder Judicial que obliga a las autoridades a replantear la política educativa del país a la luz de los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales en favor de los menores.
Cabe recordar que el nuevo plan de estudios, publicado el 19 de agosto, busca impulsar un perfil comunitario y no global, eliminar la concepción neoliberal, mercantilista y patriarcal en los aprendizajes, y dotar de autonomía educativa a los docentes.